Comunicado GAF/AOP N° 9/2020
GERENCIA ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA
DIRECCIÓN DE APORTE OBRERO PATRONAL
Contamos con los nuevos Motivos de Salidas de Trabajadores desde el 01/08/2020. Así cada empleador deberá realizar la comunicación, a través del sistema REI, de la salida de sus trabajadores según las normas laborales.
Las reglamentaciones que establecen los procedimientos se encuentran en la web
www.ips.gov.py opción: (ver +)
Resolución C.A. N° 018-001/2020, de fecha 10 de marzo de 2020, “POR LA QUE SE DISPONE LA OBLIGATORIEDAD DE LOS EMPLEADORES DE COMUNICAR LOS MOTIVOS DE SALIDA DE SUS TRABAJADORES CONFORME A LAS CAUSALES DE TERMINACIÓN DE LOS CONTRATOS DE TRABAJO ESTABLECIDAS EN EL CÓDIGO LABORAL.”
Resolución AOP Nº 041/2020, de fecha 26 de junio de 2020, “POR LA QUE SE DISPONE LA ENTRADA EN VIGENCIA DEL ART. 1º DE LA RESOLUCIÓN CA Nº 018-001/2020, DE FECHA 10 DE MARZO DE 2020, “POR LA QUE SE DISPONE LA OBLIGATORIEDAD DE LOS EMPLEADORES DE COMUNICAR LOS MOTIVOS DE SALIDA DE SUS TRABAJADORES CONFORME A LAS CAUSALES DE TERMINACIÓN DE LOS CONTRATOS DE TRABAJO ESTABLECIDAS EN EL CODIGO LABORAL”.
Artículo 3°.- Inscripciones obligatorias. Artículo del decreto Ley N° 1860/50, aprobado por Ley N° 375/56, modificado por el Artículo 1° de la Ley N° 427/73.
“Es obligatoria la inscripción del Empleador en el Instituto a la iniciación de sus actividades en tal carácter, como asimismo la comunicación de cualquier denominación o cambio de razón social, de domicilio, de clase de actividades o de cese de actividad, sea este temporal o definitivo, todo ello conforme a la reglamentación que establezca el Instituto.”
Los empleadores están obligados a comunicar al Instituto la entrada de sus trabajadores a la iniciación de las tareas contratadas; igualmente, la salida de los mismos. Están obligados asimismo, a inscribirlos en el Instituto”.
Asunción, 1 de octubre 2020
Unidad de Promoción y Difusión del Seguro Social
Dirección de Aporte Obrero Patronal
Gerencia Administrativa y Financiera