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¿Sabías que la Previsional brinda una pensión llamada Derecho Habiente en caso de que el trabajador sufra un accidente en su lugar de trabajo?

¿Sabías que la Previsional brinda una pensión llamada Derecho Habiente en caso de que el trabajador sufra un accidente en su lugar de trabajo?

Antes de iniciar a explicar lo que cubre esta prestación por fallecimiento debemos manejar los conceptos básicos.

Qué es considerado accidente de trabajo?

Accidente de trabajo es considerado Todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo, y que produzca en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional o psiquiátrica, invalidez o la muerte.

(Esta debe acreditarse mediante el parte policial donde en la misma debe estar expuesta los pormenores del accidente de trabajo). En caso de que el accidente ocurra en la vía pública, se deberá adjuntar, a la comunicación de accidente de trabajo, el parte policial. 

Requisitos adicionales de acuerdo con casos específicos:
Para proceder al trámite de verificación, según como haya ocurrido el accidente, serán requisitos obligatorios:
I.    Accidentes ocurridos DENTRO DE LA EMPRESA
1)    Firma de DOS (2) TESTIGOS del accidente, quienes deben figurar como empleados de la empresa.
2)    Una (1) fotocopia de cédula de identidad simple de cada uno de los testigos del accidente.


II. Accidentes ocurridos en la VÍA PÚBLICA (Accidente de tránsito o agresión por tercero)
Presentar el ACTA DE DENUNCIA POLICIAL, original.


III. Accidentes ocurridos en un BARCO:

Presentar copia de la Bitácora donde figure el hecho, firmada y sellada por los responsables.


IV.Accidente con derivación fatal:
1) Acta de Denuncia Policial, original.

2) Certificado de Defunción, original.


V. Accidente ocurrido EN EL EXTRANJERO:
Presentar los mismos requisitos con el apostillado correspondiente.
Tiempo establecido para la Comunicación:

Establecido en el Artículo 51, Decreto Ley 1860/50:
El patrón o su representante deberá denunciar al Instituto, cualquier accidente que ocurra a sus trabajadores dentro de los ocho (8) días de producido salvo caso de fuerza mayor debidamente justificado.

Cuál es el objetivo del IPS con esta pensión? 
La Previsional brinda la Pensión Derecho Habiente pensando en proteger a los familiares de aquel trabajador cotizante  que se encuentra inscripto correctamente en los registros del Instituto de Previsión Social, garantizando así la protección de aquellos que más queremos.  

Para  la Pensión Derecho Habiente Accidente de Trabajo cotizante fallecido se tiene en cuenta los años de aportes para otorgar esta prestación a los beneficiarios?

No, no se tiene en cuenta la cantidad de años de aporte, la cobertura inicia desde el momento en que el trabajador se encuentra inscripto en la planilla del IPS sin importan que no haya completado el mes de trabajo. 

Requisitos para indispensables para acceder al beneficio 

-    Certificado de defunción original 
-    Certificado de Matrimonio original (con fecha de expedición posterior a la fecha de fallecimiento)
-    Fotocopia del libro de acta de matrimonio, autenticada por el registro civil 
-    Certificado de nacimiento original de los hijos menores de edad o mayores incapacitados.
-    Fotocopia simple de cedula de identidad vigente del o la solicitante (conyugue) 
-    Fotocopia simple de cedula de identidad del fallecido/a 
-    Fotocopia simple de cedula de los hijos menores de edad o mayores incapacitados; estos últimos deberán presentar además certificado médico de incapacidad expedido por la SENADIS o Resol de continuidad en el seguro del IPS
-    En caso de ser concubinos este debe estar inscripto como beneficiario/a del fallecido ante los registros de identificaciones del IPS. Deberá presentar certificado de concubinato expedido por juzgado de Paz, en caso que se haya tramitado en vida y en forma conjunta, caso contrario, se deberá presentar sentencia de matrimonio aparente post morten para proseguir tramites
-    Números patronales de los lugares donde el fallecido prestó servicios con los años aproximados de entrada y salida en cada patronal, para la carga y verificación de aportes 
-    Comunicación del accidente de trabajo presentado por la patronal en mesa de entrada general
-    Certificado médico de defunción
-    Parte policial del accidente de trabajo 

Observaciones a tener en cuenta a la hora de solicitar esta pensión :

Primeramente prescribe a los dos años del fallecimiento del asegurado titular, en segundo lugar la viuda debe tener 40 años cumplidos o más a la fecha del fallecimiento del asegurado titular. 

En caso de hijos mayores incapacitados, si la solicitud no es presentada por uno de sus padres, el curador deberá presentar sentencia definitiva de curatela; para el caso de hijos menores de edad se deberá presentar sentencia definitiva de tutoría. 

En caso de ser tramitado por terceros, este deberá presentar copia autenticada del poder especial inscripto en el registro público para trámites ante IPS.

Dónde puedo tramitar dicho beneficio? 

Asunción: oficina central, edificio facundo insfran herrera casi Brasil (planta baja), parque de la salud de 07:15 a 14:15 horas.

Departamento Central: Clínica Yrendague (Mariano Roque Alonso), Hospital de Luque, Hospital Ingavi (San Lorenzo), Clínica Campo Vía (Capiatá), Unidad Sanitaria (San Antonio), Unidad Sanitaria (Villeta) de 07:15 a 14:15 horas.

También se podrá realizar el trámite en todos los Hospitales Regionales, Zonales y Unidades Sanitarias de la red asistencial del IPS, de 07:00 a 13:00 horas.