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Inscripción del Trabajador Doméstico

Inscripción del trabajador doméstico

La Ley 5.407/15 del Seguro Doméstico está vigente desde el 2015 y también la Resolución N°100-006/15 de fecha 3 de diciembre de 2015, que aprueba el Reglamento y Formularios para Inscripción Patronal y actualización de datos de empleadores del Seguro Doméstico y autoriza el cobro de aportes conforme a lo dispuesto en la Ley N° 5.407/15 “Del Trabajo Doméstico”.  


En su Artículo 10 establecía que el salario era un 60% del salario Mínimo Legal Vigente hasta junio del 2019 siendo de G. 1.267.538.


A partir del 1 de julio esta promulgada y vigente por el Ejecutivo la Ley 6.368/19 que modifica el Artículo 10,  y establece que el Seguro Doméstico pasa a ganar el salario mínimo legal vigente, es decir G. 2.190.839 (a julio 2019).

La trabajadora aportará por el mes de julio al IPS G. 83.277 y la patronal G. 152.675, siendo la suma total de G. 559.174 guaraníes, en concepto de Aporte Obrero y Patronal. 


Desde agosto está vigente la reglamentación que permite incluir a las trabajadoras domésticas en la modalidad de Empleo a Tiempo Parcial, según la tabla en la que figura un mínimo de 16 horas semanales y un máximo de 32 horas semanales, con la obligatoriedad de la firma de un Contrato de Trabajo por escrito para inscribirlo al Seguro Social y poder acceder a esta modalidad. 


Además mediante la Resolución N° 039-015/19 del IPS, autoriza a la Dirección de Aporte Obrero Patronal (AOP) a procesar las solicitudes de afiliación (entrada, salida y modificación), a través del Sistema REI a trabajadores que se encuentran bajo la modalidad de Empleo a Tiempo Parcial.

Normativa

 Resolución C. A. N° 039-015/2019 - Por la que se autoriza a la Dirección de AOP a procesar las solicitudes de afiliación (entrada, salida y modificación) a través del Sistema Rei Externo y a liquidar las planillas para los trabajadores domésticos que se encuentren en la modalidad Empleo a Tiempo Parcial.

Decreto del Poder Ejecutivo N° 6.339 - Que Regula el Empleo a Tiempo Parcial

Resolución MTESS N° 2.660/2019 - Ministerio del Trabajo, Empleo y Seguridad Social que regula la inscripción de los trabajadores domésticos al IPS, bajo la modalidad de empleo parcial.

 Resolución N° 100-006/15 de fecha 3 de diciembre de 2015 "Por la que se aprueba el reglamento y formularios para inscripción patronal y actualización de datos de empleadores del Seguro Doméstico y se autoriza el cobro de aportes conforme a lo dispuesto en la Ley N° 5.407/15 " Del Trabajo Doméstico".  

Requisitos para inscribir a un Trabajador Doméstico:

 Patronal Seguro Doméstico (se deja constancia que el número patronal del servicio doméstico difiere al número patronal de la empresa del cual pueda ser titular).  
 Inscribir al Trabajador Doméstico - Formulario de Movimientos del Trabajador. Formulario de Movimientos del Trabajador 
• Anexar fotocopias de Cédula de Identidad del Empleador Doméstico y su cónyuge (en su caso).
• Anexar fotocopias de Cédula de Identidad del Trabajador Doméstico.
• En caso de ser chofer de la familia, se deberá presentar el registro de conducir.
• Anexar original de la factura de servicios básicos (como ser ANDE, ESSAP, telefonía) o copia simple del Contrato de alquiler.
• Para inscribir al trabajador/a a Tiempo Parcial, obligatoriamente, deberá presentar el Contrato de Trabajo escrito, según lo establece el Ministerio del Empleo, Trabajo y Seguridad Social (MTESS), en su página WEB y contar con el acceso al sistema REI del IPS.   

  • Formulario del Contrato de Trabajo escrito en la modalidad de Empleo a Tiempo Parcial (descargar)
  • Para adherirse al sistema REI del IPS (ver +)

¿Cuánto se paga?

Observaciones: Para inscribir bajo la modalidad de Tiempo parcial al seguro doméstico deberá necesariamente SISTEMA REI

Comunicación de salida del Trabajador

  • Llenar el Formulario Movimientos del Trabajador
  • Adjuntar copias del Documento de Identidad del Empleador y del Trabajador Doméstico
  • En caso de renuncia, presentar la denuncia firmada por el trabajador ante dos testigos, ante Escribano Público, ante un representante de la Autoridad Administrativa del Trabajo, o ante el Secretario del Tribunal del Trabajo del Juzgado de Turno.
  • En caso de defunción presentar el certificado original o copia autenticada.

Dónde se realiza

Dirección: Nuestra Señora de la Asunción N° 853 entre Piribebuy e Humaita.

Días y horarios de Atención: Lunes a viernes de 7:15 a 14:15 hs.

Teléfonos: 021 219-7800, Opción 7  y 021 219-7000 / Opción 7 SERVICIOS (Comunicación de entrada y salida) y – OPCION 5 – Planillas - OPCIÓN 6 - REI

Página Web: www.ips.gov.py

Correo Electrónico: ipsaop@ips.gov.py

En el Interior

Horario de Atención: Lunes a viernes de 7:15 a 14:15 hs.
Agencias administrativas regionales y zonales de AOP en el interior del país (ver +)