REI - Registro Electrónico de Información

Ahorre tiempo al realizar todas las transacciones desde la PC, Tablet o Móvil.

Habilitado las 24 horas al día, los 7 días de la semana y los 365 días del año.

Información al instante, en cualquier momento y lugar.

Cumplimiento con las disposiciones del IPS en tiempo y forma a costo cero.

Seguridad en realización de transacciones.

Pagos con costo cero por Home Banking evitando el manejo de dinero en la calle. Bocas de Cobranzas.

Siempre disponible, sin necesidad de colas ni esperas.

Consulte sus transacciones: pagos, movimientos, asegurados, etc.

 

Sistema REI (ingresar)

 Formulario de solicitud de pin y Contrato de Adhesión - Sistema REI (Recepción Electrónica de la Información)

Servicios ofrecidos

Manual REI 2.0

Formato Excel para cargar desde archivo los aportes

Formulario de Inactivación del Sistema REI

 

Consultas:

Teléfono: (021) 219 - 7800 opción 6

Email: sistema.rei@ips.gov.py

 

Resoluciones

RCA N° 059-022/12 – “Por la que se Reglamenta la Comunicación de Reposos y el Aporte de Empresas, de sus empleados que se encuentran en usufructo de reposo médico expedido o transcripto por el IPS”.

RCA N° 014-012/13 – “Que dispone el plazo de treinta (30) días con los que cuenta el Empleador para Comunicar el Reposo del Trabajador contados a partir del inicio del mismo”.

RCA N° 042-002/13 – “Por la que se suspende los efectos del Art. 4º y se modifica el Art. 6º de la Resolución C. A. Nº 014-012/13 de fecha 14 de febrero de 2013, que Reglamenta la Comunicación de Reposos y el Aporte de Empresas, de sus empleados que se encuentran en usufructo del reposo médico expedido o transcripto por el IPS”.

RCA N° 030-063/13 – “Por la que se Reglamenta la Comunicación de Permisos, Sanciones y Judiciales establecidos en la Resolución C.A. Nº 045-001/10 de fecha 29 de abril de 2010”.

 

¿Adónde acudir para hacer los trámites?

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