CIRCULAR PR/SG N° 003/2025
LA SECRETARÍA GENERAL
COMUNICA
En el marco de las funciones asignadas a la Secretaría General, y con el fin de resguardar la veracidad, trazabilidad y correcta utilización de los Certificados (Constancia de no estar inscripto asegurado, Constancia de ser Asegurado, Certificado de trabajo, Certificado de Jubilación, Computo de Semanas Consolidado, Constancia de Jubilado), emitidos por el Instituto de Previsión Social (IPS), que son requeridos por particulares para su presentación en diversas instituciones (por ejemplo: el Ministerio de Relaciones Exteriores , el Ministerio del Trabajo, etc.), se comunica lo siguiente:
A partir del 24 de noviembre de 2025, toda persona que se acerque a la Secretaría General a gestionar la firma, certificación o retiro de certificados correspondientes a terceros deberá presentar una autorización expresa del titular, acompañado de:
1. Cédula de identidad del titular (copia).
2. Cédula de identidad del gestor (original y copia).
3. Autorización firmada por el titular, indicando claramente:
o Nombre completo del titular
o Número de cédula
o Tipo de certificado solicitado
o Datos del gestor autorizado
o Alcance de la autorización
La Secretaría General no procesará solicitudes presentadas por gestores, terceros o intermediarios que no acrediten autorización válida.
Esta medida se establece para garantizar la protección de datos personales, evitar el mal uso de documentos institucionales y asegurar que las gestiones se realicen en nombre y con consentimiento del titular de los derechos.
Atentamente,
Abg. Juana Isabel Romero de Pizurno
Directora – Secretaría General
19/11/2025

