MIPYMES 80%
Régimen Especial de Seguridad Social
Resolución C.A. N° 025-004/2026
¿Qué establece la Resolución?
La Resolución C.A. N° 025-004/2026 establece la reglamentación del régimen especial de seguridad social para:
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Microempresas (MIE)
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Pequeñas Empresas (PE)
Conforme a lo dispuesto en la Ley N° 7.444/2025, que modifica la normativa aplicable a las MIPYMES.
Principales beneficios del régimen
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Aporte reducido al IPS
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Los trabajadores y propietarios de micro y pequeñas empresas podrán aportar al IPS sobre una base imponible equivalente al:
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80% del salario mínimo legal vigente
Este régimen busca:
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facilitar la formalización de las MIPYMES,
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promover la incorporación al seguro social,
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reducir costos laborales.
Duración del beneficio
El beneficio tendrá una vigencia de:
36 meses (3 años)
Contados desde:
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La expedición de la Cédula MIPYMES, o
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La validación del contrato por el MTESS.
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Cumplido dicho plazo, el aporte volverá a calcularse sobre el 100% del salario mínimo legal vigente.
Tasa de aporte
La tasa de aporte aplicable será del: 25,5% calculado sobre la base imponible reducida del 80%.
Cobertura médica
Grupo familiar protegido
La cobertura incluye a:
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el trabajador/a,
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el cónyuge,
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los hijos.

