La comunicación de accidente de Trabajo se puede realizar por estos medios:
- De forma presencial (por representante de la patronal), en la oficina de la Junta Médica Laboral del Departamento de Gestión Médica Laboral (Dirección: Dr. Ricardo Odriozola esquina Dr. Manuel Peña), de lunes a viernes, en horario de 07:00 a 13:00 horas.
- Por vía telemática al correo electrónico: at@ips.gov.py (Enviar posteriormente el documento físico)
Observación:
Si el reposo es de un centro médico externo:
A) Deberá estar visado por la Dirección de Control de Profesiones del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social (Sito: Brasil c/ Pettirossi) o por vía web.
B) Deberá adjuntar una CONSTANCIA DE ATENCIÓN O DE INTERNACIÓN y los informes de los estudios (ecografía, tomografía, radiografía, etc.).
3. Adjuntar foto original de la cédula de identidad de ambos lados.
4. Adjuntar foto de la cédula de identidad del patrón o del representante legal, quien firmó la Comunicación.
OBSERVACIÓN: En caso que el firmante de la comunicación no figure como representante legal, debe contar con un Poder por Escribanía, el cual, también debe ser enviado al Comité Verificador de Accidente de Trabajo.
5.UNA FOTOCOPIA SIMPLE DE LA CÉDULA TRIBUTARIA DE LA EMPRESA (RUC)
6.CONSTANCIA DE PERSONA JURÍDICA donde figure el nombre del representante legal.
Requisitos adicionales de acuerdo a casos específicos:
Para proceder al trámite de verificación, según como haya ocurrido el accidente, serán requisitos obligatorios:
I. Accidentes ocurridos DENTRO DE LA EMPRESA
1)Firma de mínimo DOS (2) TESTIGOS del accidente, quienes deben figurar como empleados de la empresa.
2)Una (1) fotocopia de cédula de identidad simple de cada uno de los testigos del accidente.
II. Accidentes ocurridos en la VÍA PÚBLICA (Accidente de tránsito o agresión por tercero)
Presentar el ACTA DE DENUNCIA POLICIAL, original.
III. Accidentes ocurridos en un BARCO:
Presentar copia de la Bitácora donde figure el hecho, firmada y sellada por los responsables.
IV.Accidente con derivación fatal:
1) Acta de Denuncia Policial, original
2) Certificado de Defunción, original
V. Accidente ocurrido EN EL EXTRANJERO:
*Presentar los mismos requisitos con el apostillado correspondiente, si es en otro idioma debe contar con traducción oficial.
Tiempo establecido para la Comunicación:
- Establecido en el Artículo 51, Decreto Ley 1860/50:
El patrón o su representante deberá denunciar al Instituto, cualquier accidente que ocurra a sus trabajadores dentro de los ocho (8) días de producido salvo caso de fuerza mayor debidamente justificado.
Para consultas relacionadas, llamar al número de corporativode la Junta Médica: 0961 578106
Horario: Lunes a Viernes, de 07:00 a 13:00 horas