Dónde se realiza:
Vía WEB en el siguiente enlace (Ver +)
Contactos:
Celulares: (021) 219-3000 - Opción 4
E-mail: subsidiosreposos@ips.gov.py
Documentación requerida:
Foto del Certificado de Reposo Médico. (NO FOTOCOPIA, NI FORMATO PDF, NI ESCANEADO).
Foto de la visación por el MSP y BS. (NO FOTOCOPIA, NI FORMATO PDF, NI ESCANEADO).
Foto de ambas caras de Cédula de Identidad vigente. (NO FOTOCOPIA, NI FORMATO PDF, NI ESCANEADO).
Acta de Nacimiento original o certificado de defunción si el caso lo amerita (NO FOTOCOPIA, NI FORMATO PDF, NI ESCANEADO).
Adjuntar además para Casos especiales previstos en el Artículo N° 11 de la Ley N° 5.508/15:
Parto prematuro: Foto del Certificado Médico expedido por un pediatra o neonatólogo, en el cual conste la edad gestacional al momento del parto y el peso del niño/a al nacer. El permiso se extenderá a 24 semanas. (NO FOTOCOPIA, NI FORMATO PDF, NI ESCANEADO).
Cuidados Especiales: Foto del Certificado Médico expedido por un pediatra o neonatólogo, en el cual deberá describir la patología congénita que amerita el uso de incubadora y/o la aplicación de cuidados especiales. El permiso se extenderá a 24 semanas. (NO FOTOCOPIA, NI FORMATO PDF, NI ESCANEADO).
Parto Múltiple: Foto de los Certificados de Nacimiento de cada nacido vivo. El permiso se extenderá un mes por cada niño a partir del segundo niño. (NO FOTOCOPIA, NI FORMATO PDF, NI ESCANEADO).
Foto de la visación por el MSP y BS. (NO FOTOCOPIA, NI FORMATO PDF, NI ESCANEADO).
Tipo de trámite
ON - LINE. El trámite se realiza exclusivamente desde la página del IPS (Ver +)
Observaciones
- Las acreditaciones de los subsidios se realizan directamente en la cuenta particular del asegurado vía Bancard, en billetera Zimple o en ventanilla del Banco Nacional de Fomento, en ese orden.-
- Para realizar el seguimiento del estado del reposo ON – LINE (Ver +)
- El tope máximo de pago de los subsidios por día será de cinco veces el valor del salario mínimo diario para actividades diversas no especificadas (Decreto Ley N° 1860/50, Art. 82).-
- Los requisitos, forma de cálculo y demás conceptos se encuentran establecidos en el DECRETO Nº 7550/17 - POR EL CUAL SE REGLAMENTA LA LEY N° 5.508, DE FECHA 28 DE OCTUBRE DE 20I5, DE “PROMOCIÓN, PROTECCIÓN DE LA MATERNIDAD Y APOYO A LA LACTANCIA MATERNA”. (Ver +)
Prescripción
El derecho a solicitar prescribe a los doce meses desde la finalización del reposo.
Costo
Sin costo