Menu

Provisión de anteojos

El Instituto de Previsión Social provee de anteojos al/a Asegurado/a Cotizante (Titular) que se encuentra dentro del Régimen General, es decir, que aporta al I.P.S. el 9% de su salario; cuando dichos anteojos son indispensables como elemento de trabajo, para el desempeño de las actividades propias del asegurado, contribuyendo de esta manera a mejorar su la calidad de vida.

El asegurado debe presentar:

  • Receta  de la institución con firma legible y sello profesional del médico tratante.
  • Dos fotocopias de la Cédula de identidad del titular asegurado.

Debe tener como mínimo seis meses de antigüedad en calidad de aportante al IPS y puede retirar 1 (un) anteojos por año o hasta 2 (dos) en caso de daño durante la actividad laboral.

La cobertura es para anteojos monofocales y bifocales, no así para los multifocales ni intraoculares.
El trámite no necesita ser realizado presencialmente por el solicitante, por lo que un tercero puede encargarse de entregar los mencionados documentos.


Requisitos para la provisión de anteojos

  • Receta original de anteojos expedida por un médico del IPS, en formulario oficial.
  • Dos (2) fotocopias simples de Cédula de Identidad Civil del/la solicitante.

No corresponde la provisión de anteojos a:

  • Beneficiarios
  • Jubilados
  • Ex Combatientes
  • Docentes del Magisterio Nacional

Dónde se realiza

  • Dirección: Sección Óptica, Dependiente del Departamento de Prestaciones Externas-DGMA
    Gerencia de Salud del IPS -
    Planta baja  – Edificio “Facundo Insfrán” - Herrera entre Brasil y Constitución
     
  • Días de atención: Lunes a viernes - 07:15 a 14:15 - Tel. 207529 – Int. 11509-11502

Formularios

No se requiere formularios.

Tipo de trámite

El trámite no necesita ser realizado presencialmente por el/la solicitante, por lo que un tercero puede encargarse de entregar los mencionados documentos.

Tiempo estimado

2 días

Costo

Sin costo