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En caso de ser trabajador depediente y no estar inscripto en el seguro

El primer requisito para ser un asegurado del Instituto es el de estar prestando servicios o ejecutando una obra en virtud de un contrato de trabajo - sea verbal o por escrito - en una empresa.

El art. 95 de la Constitución Nacional establece que “El sistema obligatorio e integral de Seguridad Social para el trabajador dependiente y su familia será establecido por la ley. Se promoverá su extensión a todos los sectores de la población”.

Es decir, el Empleador se encuentra obligado a inscribir al trabajador en el Seguro Social. Por otro lado, el derecho del Trabajador al Seguro Social es irrenunciable, por lo que éste debe ser inscripto desde el primer día de trabajo.

Si trabaja en una empresa y no se encuentra inscripto en el Seguro Social, cuenta con dos opciones:

a. En caso de no tener inconvenientes de ser identificado por su Empleador: Solicitar la inscripción correspondiente adjuntando la documentación respaldatoria y acercándola a la Dirección de Aporte Obrero Patronal (Nuestra Señora de la Asunción Nº 853 e/ Piribebuy y Humaitá).

b. En caso de no querer ser identificado por su Empleador: Solicitar una verificación In Situ de la Empresa, a ser llevada a cabo por los inspectores del Instituto. A fin que el denunciante se mantenga en el anonimato, se sugiere efectuarlo a través del sistema "IPS te Escucha", identificando el nombre, dirección y horario laboral de la Empresa.

Para más información no dude en comunicarse a la Dirección de Aporte Obrero Patronal (021) 219 8000 o (021) 497245 con la Unidad Anticorrupción y Transparencia al 021 231068